Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 002-2023-00135-06 DRA GONZALEZ AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., treinta (30) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Expediente No. 11001-31-99-002-2023-00135-06 Demandante PROPELLER ENERGY S.A.S. Demandado: JAIRO ARMANDO LOVERA CAMPOS. Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el demandado contra la sentencia del 18 de febrero de 2025, proferida por la Superintendencia de Sociedades – Delegatura para Procedimientos Mercantiles, en el efecto suspensivo (artículo 327 del Código General del Proceso).

Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, la apelante DEBERÁ sustentar su recurso dentro de los cinco días siguientes. Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4689149153076ea2b2e9de7fd0537d08484f66a386933369d662cc8a251235a9 Documento generado en 30/05/2025 12:06:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica