Radicado: 05001-31-03-017-2022-00025-01. 1 TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLIN SALA UNITARIA DE DECISIÓN Medellín, once de junio de dos mil veinticuatro Radicado: 05001-31-03-017-2022-00025-01 Decisión: Niega solicitud. Mediante auto del 23 de abril de 2024 (Cfr. Archivo 3, c2) el Tribunal admitió el recurso de apelación interpuesto por amas partes en contra de la sentencia del 1 de marzo de 2024.
Ambas partes presentaron sustentación y la secretaría de esta Sala les dio el traslado correspondiente. En el término de traslado de las sustentaciones, el apoderado de la parte demandante solicitó que se declarara desierto el recurso de apelación de su contraparte, arguyendo que la sustentación fue extemporánea. Sin embargo, su solicitud está sustentada en un inadecuado cómputo de los términos. La constancia secretarial -obrante en el archivo 20 del cuaderno correspondiente a esta instancia- da cuenta efectiva de que: i) el auto que admitió el recurso de apelación se notificó por estados el 26 de abril de 2024; ii) por ende, quedó ejecutoriado el 2 de mayo del mismo año; iii) de ahí que el término de sustentación se extendiera hasta el 9 de mayo de 2024 a las 5:00 pm; iv) teniendo en cuenta que ambos escritos fueron presentados en antes de fenecer el término, no hubo ninguna sustentación extemporánea.
En consecuencia, la solicitud del demandante es improcedente. Radicado: 05001-31-03-017-2022-00025-01. 2 DECISIÓN En mérito de lo expuesto, el Tribunal Superior de Medellín en Sala Unitaria de Decisión;
RESUELVE
NEGAR la solicitud de declarar desierto el recurso de apelación, por las razones expuestas en la parte motiva.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial División De Sistemas De Ingenieria Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4cc3b63d3aef74d74f525481ca1f9cd60ba599addb923072cf220c7a432f0149 Documento generado en 11/06/2024 01:35:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica