REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO PROCEDENCIA: APELACIÓN SENTENCIA (46226) C-08001-31-53-001-2019-00313-01 GRACIELA MÁRQUEZ DE VARGAS Y OTROS LUZ HELENA CORONADO DE MÁRQUEZ Y OTROS CIVIL / DECLARATIVO / VERBAL / REIVINDICATORIO JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., veinticinco de abril de dos mil veinticinco Se ADMITE la apelación formulada por la parte demandada contra la sentencia dictada el 10 de marzo de 2025 por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Barranquilla.
La sustentación del recurso deberá presentarse necesariamente en esta instancia, dentro del término de 5 días contados a partir de la ejecutoriada esta providencia, so pena de que se declare DESIERTO, conforme prevén los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. En caso de ser sustentado oportunamente, la Secretaría correrá traslado del escrito correspondiente a los no apelantes, en la forma y para los fines previstos en las normas antes aludidas.
Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1d4f472ece8da30b5951d538ec74522a83c4f88ab5cc8bdf1c27ffc8c7259c22 Documento generado en 25/04/2025 11:16:48 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica