Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura de Santander Tribunal Superior Distrito Judicial San Gil – Santander TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL – FAMILIA - LABORAL SAN GIL – SANTANDER San Gil, dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticinco (2025). Magistrado Ponente: DR. CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ ACCIÓN: PROVIDENCIA ORDINARIO LABORAL AUTO ADMITE APELACIÓN DEMANDANTE: DEMANDADO: JUZGADO DE ORIGEN: - MIGUEL ANTONIO AVILA BURGOS - NORBEY PINZON FERRO JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO CIMITARRA, SANTANDER 68-190-31-03-001-2024-00065-01 RADICACIÓN: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto devolutivo, la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte demandada – NORBEY PINZON FERRO - contra el auto de fecha treinta (30) de mayo de dos mil veinticinco (2025), proferido por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Cimitarra, Santander, por medio del cual se le negó a la parte demandada la causal de nulidad invocada dentro del proceso de la referencia. Así las cosas, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado a las partes por el término común de cinco (5) días contados a partir del día siguiente a la notificación de esta providencia por estados electrónicos, para que por escrito presenten sus alegatos, respecto del recurso de apelación interpuesto contra el auto antes dicho, los cuales deberán ser allegados al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co.
Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS VILLAMIZAR SUÁREZ Magistrado Ponente Firmado Por: Carlos Villamizar Súarez Magistrado Sala 003 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 15a66920b965b328d41b341403b8e896b355b42068f58cc8fc84514159a67f44 Documento generado en 18/12/2025 04:59:43 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica