Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2021-00511-01 SIUGJ

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 11001-31-05-004-2021-00511-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Grado Jurisdiccional de Consulta Auto Ordinario Iván Camilo Zapata Ospina Teleperformance Colombia S.A.S. 11001-31-05-004-2021-00511-01 Sala Laboral Tribunal Superior de Bogotá-MP Lucy Stella Vásquez Sarmiento.

Juzgado Cuatro Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Admisión consulta y corre traslado para alegar Admite consulta y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, trece (13) de marzo del dos mil veintiséis (2026) En atención a los Acuerdos PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025 y CSJBTA26-3 de 21 de enero de 2026, proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura, se dispone avocar conocimiento del presente asunto repartido el 13 de marzo de 2026.

Ahora, revisado el proceso se advierte que esta pendiente de resolver sobre la admisión de la consulta en favor del demandante, respecto de la sentencia proferida por el Juzgado 4º Laboral del Circuito de Bogotá D.C. De conformidad con el artículo 69 del CPT y de la SS, es procedente admitir el grado jurisdiccional de consulta en favor del demandante, respecto de la sentencia proferida el veintiséis (26) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) por el Juzgado 4º Laboral del Circuito de Bogotá D.C. Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes para presentar alegatos de conclusión. Se concede el término de 5 días a la parte demandante para presentar sus alegatos, y a continuación, para los mismos términos, se le otorgan 5 días a la parte demandada.

Los escritos de alegaciones deben radicarse a través del SIUJGConforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria,

RESUELVE

Radicado: 11001-31-05-004-2021-00511-01 PRIMERO: ASUMIR el conocimiento del presente trámite de conformidad con lo dispuesto PCSJA25-12362 del 12 de diciembre de 2025 y CSJBTA26-3 de 21 de enero de 2026, proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.

SEGUNDO: ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta respecto de la sentencia proferida el veintiséis (26) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) por el Juzgado 4º Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

TERCERO: CORRER traslado a las partes para presentar sus alegatos de conclusión. El término para las alegaciones se computará así: 5 días para la parte demandante y posteriormente 5 días para la parte demandada. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 17551b393bf6032ec4e80e538f4cc7376c8794c0a8efecae0942886bbad22459 Documento generado en 13/03/2026 04:14:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica