CONSTANCIA SECRETARIAL: Pasa el expediente del proceso en referencia, informándose que había sido repartido en fecha veinticinco (25) de septiembre del 2024, por el Juzgados séptimo laboral del Circuito de Cartagena, para resolver el recurso de alzada interpuesto contra la sentencia de 04/09/2024. Provea. Cartagena de Indias, catorce (14) de mayo de dos mil veinticinco (2025) ROSELYS MERCADO PÉREZ Secretaria - Sala Laboral REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISIÓN LABORAL FIJA No 2 MAGISTRADO PONENTE: Dr. DIEGO FERNANDO GÓMEZ OLACHICA Cartagena de Indias, catorce (14) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Origen Asunto Ordinario laboral 13001310500720190003201 MYRYAM DEL SOCORRO ELLES DIAZ ELECTRICARIBE S.A ESP Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Cartagena APELACIÓN contra SENTENCIA del día 04/09/24 CONSIDERANDO: Visto el informe secretarial que antecede, en virtud de lo normado en los artículos 65 del C. S. del T., modificado por la Ley 1149 de 2007 y 13 de la ley 2213 de 2022; se impartirá su admisión. En mérito de lo expuesto, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del 04/09/2024, proferida por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Cartagena.
SEGUNDO: DAR TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Inicialmente a la parte apelante, por el término de cinco (5) días, vencido este plazo, inmediatamente empezará a correr el traslado por un término igual a la parte no apelante. Surtidos los traslados correspondientes, se proferirá la decisión correspondiente, teniendo en cuenta el orden de ingreso de los procesos.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE DIEGO FERNANDO GÓMEZ OLACHICA Magistrado Ponente