Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 002-2022-00214-06 DRA GONZALEZ AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintinueve (29) de mayo de dos mil veinticinco (2025). Expediente No. 11001-31-99-002-2022-00214-06 Demandante: PAOMAR S.A.S. y otros. Demandado: JUAN CARLOS RINCÓN HURTADO. Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, contra la sentencia dictada por la Superintendencia de Sociedades, el 14 de noviembre de 2024, y corregida el 15 de enero de 2025, en el efecto suspensivo (artículo 327 del Código General del Proceso).

Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, los apelantes DEBERÁN sustentar el recurso dentro de los cinco días siguientes. Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5558c572c589bb5e19b2bcacaa27cdc6aa1ef1e5389faab0a18c9daf875f1abd Documento generado en 29/05/2025 11:19:07 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica