Micelio

auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: 25899310500120200038703-04 OBEDECER Y CUMPLIR

Sala: SALA LABORAL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE CUNDINAMARCA SECRETARÍA SALA LABORAL Bogotá D. C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Expediente N°: Demandante: Demandado: 25899310500120200038703-04 JUAN EVANGELISTA CAÑÓN QUIROGA. RAFAEL ANTONIO CRISTANCHO PIRABAN. BLANCA CECILIA DÍAZ SÁNCHEZ. BERNABÉ MOSCOSO RUNZA.

LUIS GERARDO NIÑO BONILLA. FLOR MARÍA CAÑÓN QUIROGA. RITA VILLAMIL FORIGUA. FRANCISCO CAÑÓN QUIROGA. ÁNGEL DIONICIO JIMÉNEZ MARTÍNEZ. ANA DELINA FORIGUA VILLAMIL. SOCIEDAD DE PRODUCTORES MINEROS DE CARBÓN DE GUACHETÁ S. A. S. (PROMIGARG S. A. S.) y V&B TRANSCARBONES S EN C EN LIQUIDACIÓN. Ingresa al despacho, proveniente de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral, con providencia del 13 de marzo de 2025, mediante la cual resolvió “PRIMERO: INADMITIR el recurso extraordinario de casación interpuesto por JUAN EVANGELISTA CAÑÓN QUIROGA frente a la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas el 14 de noviembre de 2024, dentro del proceso ordinario laboral que promovió contra RAFAEL ANTONIO CRISTANCHO PIRABAN, BLANCA CECILIA DÍAZ SÁNCHEZ, BERNABÉ MOSCOSO RUNZA, LUIS GERARDO NIÑO BONILLA, FLOR MARÍA CAÑÓN QUIROGA, RITA VILLAMIL FORIGUA, FRANCISCO CAÑÓN QUIROGA, ÁNGEL DIONICIO JIMÉNEZ MARTÍNEZ, ANA DELINA FORIGUA VILLAMIL, SOCIEDAD DE PRODUCTORES MINEROS DE CARBÓN DE GUACHETÁ S. A. S. (PROMIGARG S. A. S.) y V&B TRANSCARBONES S EN C EN LIQUIDACIÓN.

SEGUNDO: DEVOLVER el expediente al Tribunal de origen. Notifíquese, publíquese y cúmplase. REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE CUNDINAMARCA SECRETARÍA SALA LABORAL Bogotá D. C., veinticinco (25) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Visto el informe secretarial que antecede: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo ordenado por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral.

En firme este auto, DEVUÉLVASE el expediente al juzgado de origen. Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: Martha Ruth Ospina Gaitan Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Laboral Tribunal Superior De Cundinamarca - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 50323f92e33f883f890227c4dfe692f4e34431598e1e3689473be184c642a963 Documento generado en 26/11/2025 02:43:47 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica