Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 11001310302420240015202_DraGonzalezAutoAdmiteRecurso

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., diez (10) de marzo de dos mil veintiséis (2026). Expediente No. 11001-31-03-024-2024-00152-01. Demandante: MARÍA ANTONIA BOTERO BOTERO Demandada: CERRO MATOSO S.A. Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida el 19 de febrero de 2026, por el Juzgado Veinticuatro Civil del Circuito de Bogotá, en el efecto suspensivo (artículo 327 del Código General del Proceso).

Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, el apelante DEBERÁ sustentar el recurso dentro de los cinco días siguientes. Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, 1 conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d90979703214cb65a859364d40c25b36d77037d37d9fdbbaf53b0973efeab913 Documento generado en 10/03/2026 12:13:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica