Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001310300620240049401 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha: Medellín, quince (15) de abril de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Ejecutivo Radicado: 05001 31 03 006 2024 00494 01 Demandante: JAVIER DE JESÚS GIRALDO GARCÉS Y JOSEFINA INÉS ARCILA QUICENO Demandada: MATEO TORO CASTAÑEDA Providencia: Auto que admite apelación Sustanciador/ponente: Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandanda frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO SEXTO CIVIL DEL CIRCUITO DE MEDELLÍN el 24 de octubre de 2025, en el proceso EJECUTIVO adelantado por JAVIER DE JESÚS GIRALDO GARCÉS y JOSEFINA INÉS ARCILA QUICENO contra MATEO TORO CASTAÑEDA.

De conformidad con lo previsto por el numeral 3° inciso 2° del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto DEVOLUTIVO. Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar Radicado Nro. 05001 31 03 006 2024 00494 01 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” sus alegaciones dentro del término de cinco (5) días, al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. (Firma electrónica) RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Firmado Por: Ricardo Leon Carvajal Martinez Juez Sala 09 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 46183b76a10a7e8acbcdcc782876a88efc5b98c9a320ffa3c7b062a971afbad5 Documento generado en 16/04/2026 01:21:53 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado Nro. 05001 31 03 006 2024 00494 01