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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 00 2025 00812 00 DRA CRUZ AUTO RECHAZA SUPLICA

Sala: SALA CIVIL

Ponente: María Patricia Cruz Miranda

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Magistrada Sustanciadora: María Patricia Cruz Miranda Bogotá D.C., siete (7) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Asunto. Trámite de recusación formulada por el apoderado de la sociedad demandada Krono Time S.A.S., respecto de la Juez 34 Civil del Circuito de Bogotá, en el trámite del proceso verbal adelantado por Leonardo Bernal Morales y otro, radicado bajo el número 1100131030 33 2017 00611 00.

Radicado: 00 2025 00812 00. En consideración a que la providencia de 7 de abril de 2025, a través de la cual el Magistrado Sustanciador resolvió en segundo grado la recusación formulada en el sub judice, no es susceptible de recurso alguno, conforme lo prescrito en el inciso final del canon 143 del Código General del Proceso, se rechaza de plano y por improcedente el de súplica propuesto por el apoderado del extremo recusante.

En consecuencia, se ordena la devolución del expediente al juzgado de origen. Por Secretaría ofíciese y déjense las constancias del caso.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Rad: 00 2025 00812 00 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9cf314c7dade464d744272a79f123ad0c67f4de60d850a88830afd381eea61ce Documento generado en 07/05/2025 04:39:19 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica