TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Ponente Bogotá D.C., veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Radicación: 110013103 039 2018 00631 02 Obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil, Agrario y Rural -Magistrado Ponente Dr. Juan Carlos Sosa Londoño, en sentencia de tutela STC15314-2025 radicado 11001-02-03-000-2025-03758-00 del 25 de septiembre de 2025, mediante la cual, dispuso: “PRIMERO: Ordenar a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que, dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas, contado a partir de la notificación de esta providencia, deje sin efecto la sentencia de 26 de febrero de 2025, junto con todas las determinaciones que de esta dependan, dentro del proceso de responsabilidad civil n°2018-0063102.
Cumplido lo anterior y, en un término de diez (10) días, proceda a proferir la decisión que corresponda, atendiendo las consideraciones contenidas en la parte motiva de este fallo. Por Secretaría remítasele copia de esta determinación.
SEGUNDO: La autoridad accionada deberá enterar a esta Corporación sobre el acatamiento de lo aquí dispuesto, a más tardar dentro de los tres (3) días siguientes al vencimiento de aquel término.
TERCERO: Comuníquese por el medio más expedito a los interesados y, si la decisión no es impugnada, remítase el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión”. En consecuencia, se deja sin efecto alguno el fallo proferido por este Tribunal en la data del 26 de febrero de 2025 y todas las demás actuaciones que le sean conexas, por lo que deberá desatarse nuevamente la alzada.
Para cumplir lo anterior, se requiere al Juzgado Treinta y Nueve Civil (39) Civil del Circuito de esta ciudad, para que remita en forma Verbal No. 039-2018-00631-02 Obedece y Cumple Lo Dispuesto por el Superior inmediata y con carácter urgente, el expediente digital que integra el proceso de la referencia. Por la Secretaría dese cumplimiento con suma urgencia y de manera inmediata a lo aquí dispuesto, por lo que deberá librar con celeridad las comunicaciones de rigor y una vez recepcionado el expediente digital, realizar el pase al despacho con las anotaciones y/o constancias secretarial del caso.
Además, se ordena que incorpore al expediente civil copia del fallo de tutelas atrás descrito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada ASL/JEAR Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 26b5ad6d36386b784963caab10cfb62a0e4aed358d43b4341b35a2288f776e14 Documento generado en 29/09/2025 08:27:00 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica