Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C. Sala de Decisión Civil Bogotá D.C., tres (3) de abril de dos mil veinticinco (2025) Asunto: Proceso verbal de actos de competencia desleal promovido por la sociedad Compañía de Créditos Rápidos S.A.S., contra On Off Soluciones en Línea S.A.S., Wadana Finance Colombia S.A.S., y Solventa Colombia S.A.S. Radicado. 01 2022 72286 02.
Al calificar lo pertinente sobre el recurso de apelación que, contra la sentencia de 29 de enero del avante año proferida por la Delegatura de asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, interpuso la parte promotora del litigio de la referencia, prontamente advierte este Tribunal lo prematuro del envío de la encuadernación virtual para ese propósito, por los motivos siguientes.
En diligencia donde fue emitido el veredicto controvertido, aunque la gestora procesal presentó su disenso, con claridad la Coordinadora de la Delegatura de la entidad falladora precisó “Muchísimas gracias Doctora, una vez se alleguen (los reparos) es claro que este tipo de sentencias son susceptibles de recurso de apelación, pero el mismo será concedido una vez usted allegue obviamente los reparos dentro del términos procesal correspondiente”1 (se destaca), de ahí que no se emitió -según da cuenta el expediente digital- auto posterior que concediera ese medio de impugnación y por lo tanto, mientras no exista beneplácito sobre el particular, así como los reparos allegados 1 Minuto 01:07:07 archivo “22172286--0008900001” carpeta “051-VIDEO Y ACTA DE AUDIENCIA No. 353 DE 2025” del cuaderno principal del expediente.
Exp. 01 2022 72286 02 postreramente por la iniciadora2, este Tribunal no puede emitir decisión alguna que auspicie su trámite en esta instancia (arts. 323 – 325 C.G.P.). En consecuencia, por Secretaría regresen las diligencias a la entidad juzgadora para que proceda de conformidad. Ofíciese y efectúense las desanotaciones de descargue que correspondan al presente asunto.
Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Exp. 01 2022 72286 02 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 9ae303af3b8218a6e3aa9344c0d894c75dee2e83fca037d479407f67725adb94 Documento generado en 03/04/2025 10:59:24 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 Carpeta “053-REPAROS A LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA” Cfr. Exp. 01 2022 72286 02