1 TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL – FAMILIA Apelación de sentencia Proceso: Responsabilidad civil extracontractual Demandante: Xiomara Correa García Demandado: Copropiedad Edificio Tocagua y Villas Del Mar S.A.S. Rad. Único: 13001310300720190018004 Cartagena de Indias D.T. y C., doce (12) de mayo de dos mil veintiséis (2026).
Por auto del 17 de abril de 2026 fue admitido el recurso de apelación interpuesto por la partes XIOMARA CORREA GARCÍA y la COPROPIEDAD EDIFICIO TOCAGUA, contra la sentencia del 21 de enero de 2026, proferida por el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, dentro del proceso de la referencia, habiéndose concedido al recurrente el término de cinco (5) días para que sustentara el recurso de alzada, sin embargo, dentro de dicho término la COPROPIEDAD EDIFICIO TOCAGUA no allegó escrito de sustentación, conforme se indica en constancia secretarial de la fecha.
En ese sentido, se advierte que la parte recurrente no sustentó oportunamente el recurso de alzada, lo que deviene en la declaración de desierto del mismo, a voces de los cánones 322 y 327 del estatuto procesal, en armonía con el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, que refiere “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto.”, y cómo también lo ha confirmado la Sala de casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de STC9311-2024, en aras de unificar la jurisprudencia sobre el asunto.
En mérito de lo expuesto se RESUELVE:
PRIMERO: DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada COPROPIEDAD EDIFICIO TOCAGUA contra la sentencia del 21 de enero de 2026, proferida por el JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA, dentro del proceso de la referencia. Apelación de sentencia Proceso: Responsabilidad civil extracontractual Demandante: Xiomara Correa García Demandado: Copropiedad Edificio Tocagua y Villas Del Mar S.A.S. Rad.
Único: 13001310300720190018004 2 SEGUNDO: Ejecutoriado este auto, vuelva el expediente digital al Despacho para proferir la correspondiente sentencia. Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: Marcos Roman Guio Fonseca Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 003 Civil Familia Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3407006f58e8703f7cbb6e8cf65ba89519407fc8a281dc69aec3ffa1561a72a6 Documento generado en 12/05/2026 11:03:09 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica