Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: Auto 11643 admite recurso revisión contra herederos

Sala: SALA DE FAMILIA

DISTRITO DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE FAMILIA MAGISTRADO DARÍO HERNÁN NANCLARES VÉLEZ Auto 11643 21 de mayo de 2024 TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE FAMILIA Medellín, veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) En consideración a que se reúnen los requisitos exigidos por el Código General del Proceso (en adelante, C G P), artículos 356 y 357, SE ADMITE la demanda, contentiva del RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN, formulado por la señora Gloria Elena Cartagena Cano, a través de vocero judicial, en relación con la sentencia, de seis (6) de junio de dos mil veintitrés (2023), dictada por el juzgado Quince de Familia, en Oralidad, de Medellín, en el proceso, sobre la declaración de la existencia, de la unión marital de hecho y de la sociedad patrimonial, entre compañeros permanentes, incoado por Luis Emilio Restrepo Zapata contra los herederos indeterminados de la finada 2 María Gladys Botero Ramírez, representados por la curadora para la litis, doctora Carolina Ramírez Valencia. Notifíquese personalmente este auto, al demandado Luis Emilio Restrepo Zapata y a la mencionada curadora Ad litem, doctora Carolina Ramírez Valencia, y déseles traslado, por el término de cinco (5) días hábiles, haciéndoles entrega de las copias respectivas, de acuerdo con el Código General del Proceso, artículos 358, inciso 5, y 91, en concordancia con la Ley 2213 de 2022, artículo

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NOTIFÍQUESE DARÍO HERNÁN NANCLARES VÉLEZ MAGISTRADO. Auto 11643 Radicado 05001-22-10-000-2024-00053-00