TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL-FAMILIA PROCESO: ACCIONANTE: ACCIONADO: RADICACIÓN: ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA BARTOLOMÉ GALINDO VALENCIA JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE TUNJA 15001-22-13-000-2025-00221-00 (2025-0626) Tunja, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025)
1. ESCRITO DE TUTELA: BARTOLOMÉ GALINDO VALENCIA por conducto de apoderado judicial acude en tutela pretendiendo se ampare su derecho fundamental al debido proceso, presuntamente conculcados por el JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUTO DE TUNJA, por haber decretado el desistimiento tácito del proceso de pertenencia con radicado No. 2022-00173 sin previamente haber decidido la solicitud de sustitución de poder presentado el 9 de mayo de 2025.
2. REQUISITOS DE LA SOLICITUD DE TUTELA: El escrito de demanda reúne las exigencias básicas que permiten su trámite porque indica las partes, describe los hechos y circunstancias relevantes que generan la presunta vulneración o amenaza de los derechos que se denuncian, así como el nombre del demandante y la manifestación jurada de no haberse adelantado actuación de la misma índole con fundamento en los mismos hechos, requisito que se entiende cumplido con la impetración de la acción, por lo tanto, se constata que la solicitud de amparo reúne los requisitos exigidos por la ley. 1 3.
COMPETENCIA: Esta Sala es competente para conocer de la presente acción de tutela, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 de la Constitución Política de Colombia y el Decreto 2591 de 1991, por lo que resulta pertinente admitir su trámite. 4. VINCULACIÓN Teniendo en cuenta los hechos de la acción de tutela, se procederá a vincular a la presente acción en calidad de vinculados a las partes e intervinientes en el proceso mencionado en el libelo tuitivo, radicado No. 2022-00173 del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Tunja, incluidos los apoderados que han actuado en la causa.
En mérito de los expuesto, la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Tunja, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR el trámite de la acción de tutela interpuesta por BARTOLOMÉ GALINDO VALENCIA, teniendo como accionado al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE TUNJA y como vinculados a las partes e intervinientes en el proceso radicado No. 2022-00173, que cursa en el referido juzgado, incluidos los apoderados que han actuado en la causa.
SEGUNDO: NOTIFICAR la admisión de la solicitud de tutela por el medio más expedito a las partes y vinculados, para que en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la correspondiente comunicación, se pronuncien sobre los hechos de la tutela, haciéndole entrega de una copia del escrito de tutela y sus anexos, so pena de dar aplicabilidad a lo señalado en el artículo 20 del Decreto 2591 de 1991. 2 TERCERO: Solicitar al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Tunja, para que dentro del término improrrogable de un (1) día remita el expediente digital mencionado en el numeral primero de este proveído y suministre la dirección para notificaciones de las partes e intervinientes, dentro del mismo término.
CUARTO: Reconózcase personería jurídica a la doctora EMMA NATALIA RODRÍGUEZ CELY, en los términos del poder conferido.
QUINTO: Cumplido lo anterior, regresen las diligencias al despacho para decidir lo que en derecho corresponda.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JOSÉ HORACIO TOLOSA AUNTA Magistrado Firmado Por: Jose Horacio Tolosa Aunta Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f6d4b6b69e36f288f0123d986fea5105432769e95b5da6d8a94d7406b60b0f65 Documento generado en 22/07/2025 02:12:49 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3