República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería Sala Civil Familia Laboral Actuando como Juez Constitucional Folio 306-2024 Radicación n°. 23 001 22 14 000 2024 00108 00 Montería – Córdoba, veintisiete (27) de junio del año dos mil veinticuatro (2024). De conformidad con los Decretos 2591 de 1991, 306 de 1992, 1382 de 2000, 1983 de 2017 y 333 de 2021, admítase la correspondiente acción de tutela instaurada por BENITO PASTRANA GÓMEZ, actuando en nombre propio, en contra del JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CERETÉ – CÓRDOBA.
Téngase como pruebas las aportadas al proceso por la parte accionante. Vincúlense a la presente acción al JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN CARLOS – CÓRDOBA, MUNICIPIO DE SAN CARLOS – CÓRDOBA y a todos los intervinientes, dentro del trámite de acción de tutela radicado bajo el No. 23-678-4089-001-2024-00094-01, proceso que se tramitó ante el juzgado accionado.
Comuníquese el objeto de la presente acción al juzgado accionado y vinculados con el fin de que se pronuncien sobre los hechos en ésta planteados, dentro de los dos (2) días siguientes a su notificación. Envíesele copia de la presente acción. Requiérase al JUZGADO PRIMERO PROMISCUO MUNICIPAL DE SAN CARLOS – CÓRDOBA y JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CERETÉ – CÓRDOBA, para que, en el término de un (1) día, envíe el link del expediente 1 Radicación n.º 23 001 22 14 000 2024 00108 00 Folio 306-24 correspondiente dentro del proceso de acción de tutela radicado bajo el No. 23-678-40-89-001-2024-00094-00; ello a fin de poder notificar a cada una de las partes que intervinieron (partes, terceros, auxiliares de la justicia) en dicho proceso y se pueda resolver de fondo el asunto que nos convoca, advirtiendo que el expediente electrónico deberá estar organizado, numerado, cada archivo deberá tener el nombre de la actuación que corresponda y dicho expediente debe poseer el índice electrónico, conforme a lo establecido en el protocolo de digitalización y organización del expediente digital dispuesto por el Consejo Superior de la Judicatura.
Una vez allegado el expediente comuníquese a las personas interesadas en el presente asunto, por el medio más expedito. En caso de no poder notificárseles personalmente,
NOTIFÍQUESELES POR ESTADO. Por Secretaría líbrense los oficios correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Cruz Antonio Yanez Arrieta Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial División De Sistemas De Ingenieria Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: dc7fc464800277b6e9e28fb8d45cd885733e75351e960945fedd32c2f963dc70 Documento generado en 27/06/2024 04:49:52 p. m. 2 Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica