Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 049 2023 00379 01 DRA AYAZO AUTO ADMITE

Sala: SALA CIVIL

R.I. 16793 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., veinticuatro (24) de junio de dos mil veinticinco (2025) Rad. 110013103 049 2023 00379 01 Comoquiera que el expediente de la referencia fue dirigido correctamente a este despacho, y dado que se cumplen a cabalidad las exigencias contempladas en el inciso 2º numeral 3º del artículo 322 del Código General del Proceso, la presenta magistratura DISPONE:

PRIMERO: ADMITIR, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por el demandando Néstor Alberto González Ríos, y la alzada en adhesión que formuló la demandante Gloria Marina Herrera Rodríguez contra la sentencia proferida el 13 de mayo de 2025 por el Juzgado 49 Civil del Circuito de Bogotá.

SEGUNDO: IMPRIMIR a este caso el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, para resolver los citados mecanismos verticales de impugnación.

TERCERO: De conformidad con el inciso 3° del artículo 12 ibidem, se corre traslado a los apelantes por el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta decisión, para que sustenten exclusivamente los reparos que fueron promovidos en el primer grado.

CUARTO: Cumplido lo anterior, por secretaría córrase traslado al extremo contrario por el mismo plazo, en aras de que se pronuncie sobre el particular de acuerdo con lo reglado en la citada norma.

QUINTO: Una vez lleguen a su fin los lapsos en comento, reingrese el plenario al despacho para resolver esta segunda instancia. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH 110013103 049 2023 00379 01 Magistrada Rad. 110013103 049 2023 00379 01 Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 65721de376a4427c6e2ead604a1ca36817b154ff19a83681a1d60a842d7961dc Documento generado en 24/06/2025 10:35:24 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica