Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2023-00126-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73268-31-05-001-2023-00126-01 Clase de proceso: Ordinario laboral – apelación sentencia Demandante: Gloria Serrano Hernández y Otros Demandada: Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de los Ríos Coello y Cucuana – USOCOELLO REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ Sala Primera de Decisión Laboral Clase de proceso: Ordinario laboral – Apelación de sentencia Radicación: 73268-31-05-001-2023-00126-01 73268-31-05-001-2024-00042-01 (Acumulado) Demandante: GLORIA SERRANO HERNÁNDEZ, RICARDO SERRANO HERNÁNDEZ, OMAR SERRANO HERNÁNDEZ, CARLOS FERNANDO CAPERA SERRANO Y ROSALBA MARTÍNEZ MUÑOZ en representación de su menor hijo JUAN JOSÉ SERRANO MARTÍNEZ.

Demandada: ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS DE LOS RIOS COELLO Y CUCUANA - USOCOELLO Asunto: Recurso extraordinario de casación Magistrado Ponente: RAFAEL MORENO VARGAS Ibagué – Tolima, cuatro (4) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Procede la Sala a decidir sobre la concesión del recurso extraordinario de casación formulado por la demandada “USOCOELLO” contra la sentencia de segunda instancia proferida el 09 de octubre de 2025.

CONSIDERACIONES Oportunidad De conformidad con lo dispuesto por el artículo 88 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el recurso extraordinario de casación debe interponerse dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la sentencia de segunda instancia. En el caso objeto de estudio, se profirió sentencia de segunda instancia el día 9 de octubre de 2025, por lo que el término de los 15 días para interponer recurso de casación venció el día 4 de noviembre siguiente, conforme a la constancia secretarial del 5 de noviembre de 2025, término dentro del cual la demandada ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS DE LOS RIOS COELLO Y CUCUANA - USOCOELLO, presentó recurso de casación los días 17 de octubre de 2025.

Radicado No.: 73268-31-05-001-2023-00126-01 Clase de proceso: Ordinario laboral – apelación sentencia Demandante: Gloria Serrano Hernández y Otros Demandada: Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de los Ríos Coello y Cucuana – USOCOELLO Procedencia Son susceptibles del recurso extraordinario de casación, los procesos ordinarios terminados por sentencia cuya cuantía exceda de 120 veces el salario mínimo legal mensual vigente, que para el año 2025, asciende a la suma de $170.820.000, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por el artículo 43 de la ley 712 de 2001.

Referentes Jurisprudenciales La Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, en torno al tema del interés jurídico para recurrir en casación, tuvo la oportunidad de pronunciarse, entre otros, en el auto radicado bajo el número AL2746-2019 del 10 de julio de 2019, radicado No. 81587, con ponencia del Magistrado Fernando Castillo Cadena, en el que se adoctrinó: “(…)Es criterio reiterado de esta Sala de la Corte, que el interés para recurrir en casación está determinado por el agravio que sufre el impugnante con la sentencia acusada, que tratándose del demandado, se traduce en la cuantía de las condenas económicas impuestas, y en el caso del demandante, en el monto de las pretensiones negadas en la sentencia que se pretende impugnar, eso sí, teniendo en cuenta la conformidad o no del interesado respecto del fallo de primer grado(…)” Caso Concreto Descendiendo al caso objeto de estudio, el interés jurídico de la demandada para recurrir en casación, corresponde al agravio sufrido con el fallo de segunda instancia, el cual dispuso CONFIRMAR la sentencia proferida el 13 de agosto de 2025 por el Juzgado Laboral del Circuito de El Espinal que declaró la existencia de dos contratos de trabajo a término fijo entre el causante JOSE VIDAL SERRANO HERNÁNDEZ (Q.E.P.D.) como trabajador y “USUCOELLO” como empleador, durante los periodos comprendidos entre el 15 de agosto de 2019 y el 14 de diciembre de 2019 y del 16 de marzo de 2021 hasta el 24 de abril de 2021.

Así mismo, declaró que la demandada “USUCOELLO”, es culpable del accidente de trabajo que le causó el fallecimiento al trabajador JOSÉ VIDAL SERRANO HERNÁNDEZ y, por ende, es responsable por culpa de los perjuicios ocasionados a los demandantes. En consecuencia, condenó a la demandada a pagar a los demandantes, las siguientes sumas de dinero debidamente indexadas, de acuerdo al IPC certificado por el DANE, teniéndose como índice final el correspondiente a la fecha de pago e inicial: i) A favor del menor Juan José Serrano Martínez, representado legalmente por su madre Rosalba Martínez Muñoz.

Por lucro cesante pasado o consolidado, la suma de $87.192.485.65 y como lucro cesante futuro, la suma de $109.450.703.63, para un total de $196.643.189.28; por perjuicios por daño a la vida de relación Radicado No.: 73268-31-05-001-2023-00126-01 Clase de proceso: Ordinario laboral – apelación sentencia Demandante: Gloria Serrano Hernández y Otros Demandada: Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de los Ríos Coello y Cucuana – USOCOELLO o fisiológicos, lo equivalente a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a la suma de $71.175.000.00, y por perjuicios morales lo equivalente a 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a la suma de 142.350.000.00; ii) A favor de Gloria Serrano Hernández.

Por perjuicios morales lo equivalente a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a la suma de $71.175.000.00; iii) A favor de Ricardo Serrano Hernández. Por perjuicios morales lo equivalente a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a la suma de $71.175.000.00; iv) A favor de Omar Serrano Hernández.

Por perjuicios morales lo equivalente a 50 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a la suma de $71.175.000.00.; y, v) A favor de Carlos Fernando Capera Serrano. Por perjuicios morales lo equivalente a 37 salarios mínimos mensuales legales vigentes, que equivale a la suma de $52.669.500.00. Adicionalmente, condenó a la llamada en garantía LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, a reembolsar a la demandada “USOCOELLO”, las sumas que deba pagar por concepto de las condenas impuestas en la sentencia de primera instancia de acuerdo con la póliza de responsabilidad civil por daños a terceros No.3000439 y hasta el límite de cobertura de la misma.

También negó las demás pretensiones, declaró no probadas las excepciones propuestas por la demandada y la llamada en garantía PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS y condenó en costas a la demandada “USOCOELLO” y a favor de los demandantes. Inconforme con el fallo de primera instancia, la demandada y la llamada en garantía, interpusieron recurso de apelación, el cual fue resuelto por esta corporación el 9 de octubre de 2025 en los siguientes términos: “PRIMERO: CONFIRMAR la sentencia proferida el 13 de agosto de 2025, por el Juzgado Laboral del Circuito del Espinal – Tolima, en los procesos ordinarios laborales promovidos por GLORIA SERRANO HERNÁNDEZ, RICARDO SERRANO HERNÁNDEZ, OMAR SERRANO HERNÁNDEZ, CARLOS FERNANDO CAPERA SERRANO y ROSALBA MARTÍNEZ MUÑOZ en representación de su menor hijo JUAN JOSÉ SERRANO MARTÍNEZ contra la ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS DE LOS RÍOS COELLO Y CUCUANA- USOCOELLO, por las razones anteriormente expuestas.

SEGUNDO: CONDENAR en COSTAS en esta instancia a la demandada ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS DE LOS RÍOS COELLO Y CUCUANAUSOCOELLO, y a la llamada en garantía LA PREVISORA S.A. – COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A. a favor de los demandantes GLORIA SERRANO HERNÁNDEZ, RICARDO SERRANO HERNÁNDEZ, OMAR SERRANO HERNÁNDEZ, CARLOS FERNANDO CAPERA SERRANO y ROSALBA MARTÍNEZ MUÑOZ en representación de su menor hijo JUAN JOSÉ SERRANO MARTÍNEZ.

FIJAR a cargo de cada una de ellas como agencias en derecho la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS PESOS MONEDA CORRIENTE Radicado No.: 73268-31-05-001-2023-00126-01 Clase de proceso: Ordinario laboral – apelación sentencia Demandante: Gloria Serrano Hernández y Otros Demandada: Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de los Ríos Coello y Cucuana – USOCOELLO ($1.423.500).

TERCERO: DEVOLVER oportunamente el expediente al Juzgado de origen.” Conforme a los parámetros fijados por la Honorable Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Laboral, en el presente asunto, el interés jurídico para recurrir en casación de la demandada “USUCOELLO” está determinado por el monto de las condenas impuestas en la decisión de primera instancia, dada la confirmación de la sentencia por parte de esta Corporación, que corresponden al pago de los perjuicios ocasionados a los demandantes por el accidente de trabajo que les causó el fallecimiento del trabajador JOSÉ VIDAL SERRANO HERNÁNDEZ y que ascienden a la suma de $676.362.689,28, discriminada así: CONDENAS - ASOCIACION DE USUARIOS DEL DISTRITO DE ADECUACIÒN DE TIERRAS DE LOS RIOS COELLO Y CUCUANA - USOCOELLO A favor de Por concepto de Valor lucro cesante pasado o consolidado $ 87.192.485,65 lucro cesante futuro $ 109.450.703,63 daño a la vida de relación o fisiológicos $ 71.175.000,00 perjuicios morales $ 142.350.000,00 GLORIA SERRANO HERNANDEZ perjuicios morales $ 71.175.000,00 RICARDO SERRANO HERNANDEZ perjuicios morales $ 71.175.000,00 OMAR SERRANO HERNANDEZ CARLOS FERNANDO CAPERA SERRANO perjuicios morales $ 71.175.000,00 perjuicios morales $ 52.669.500,00 JUAN JOSÉ SERRANO MARTINEZ, representado legalmente por su madre Rosalba Martínez Muñoz.

TOTAL * $ 676.362.689,28 De acuerdo con lo anterior, se puede concluir que, en consonancia con la liquidación realizada por el liquidador de esta Corporación, el interés de la demandada “USOCOELLO” para recurrir en casación corresponde a la suma de $676.362.689,28; por lo tanto, como quiera que el equivalente a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes exigidos por la norma para recurrir en casación, que para el año 2025 asciende a la suma de $170.820.000, se advierte superado, le asiste derecho al memorialista a que se le conceda el recurso extraordinario de casación interpuesto.

En virtud de lo expuesto, la Sala Primera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, RESUELVE:

PRIMERO: CONCEDER el Recurso Extraordinario de Casación formulado por la demandada ASOCIACIÓN DE USUARIOS DEL DISTRITO DE ADECUACIÓN DE TIERRAS DE LOS RIOS COELLO Y CUCUANA - USOCOELLO contra la sentencia de segunda instancia proferida el 9 de octubre de 2025. Radicado No.: 73268-31-05-001-2023-00126-01 Clase de proceso: Ordinario laboral – apelación sentencia Demandante: Gloria Serrano Hernández y Otros Demandada: Asociación de Usuarios del Distrito de Adecuación de Tierras de los Ríos Coello y Cucuana – USOCOELLO Ejecutoriada esta providencia, envíese digitalizado el expediente a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, RAFAEL MORENO VARGAS Magistrado JAIR ENRIQUE MURILLO MINOTTA Magistrado (En uso de permiso) AMPARO EMILIA PEÑA MEJÍA Magistrada Firmado Por: Rafael Moreno Vargas Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 16b37fcd9754fd07abb35013cc35cd4db480d167a1684379a2c29f58834ec7a7 Documento generado en 04/12/2025 01:16:48 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica