Bogotá, D. C., tres (3) de febrero de dos mil veintiséis (2026) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE LUZ MABEL GODOY DÍAZ JUZGADO CLASE DE PROCESO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO REVISIÓN Atendiendo lo resuelto por la Sala Dual en auto del 19 de diciembre del 2025, por reunir los requisitos exigidos por los artículos 354 y 357 del Código General del Proceso, se:
RESUELVE
Admitir la demanda de revisión interpuesta por Luz Mabel Godoy Díaz respecto de la sentencia escrita dictada por el Juzgado 10 Civil del Circuito de Bogotá D.C el 4 de otubre del 2024, en proceso declarativo de pertenencia que adelantó contra Everardo Alfredo, Juan Roberto, Pedro María, todos de la familia Godoy Díaz y demás personas indeterminadas (rad. 11001400306120160020800).
Notifíquese a quienes fungieron como demandados en el citado pleito de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 291 y 292 ejusdem, en concordancia con la pauta 8 de la ley 2213. y córrase traslado por cinco (5) días, en la forma dispuesta en el artículo 358 inciso 5, que remite al 91 ibidem. Se reconoce al abogado Alberto Barón Flórez como apoderado especial de la parte demandante, en los términos y para los fines del mandato conferido.
NOTIFIQUESE, (2) Código Único de Radicación: 11001220300020250306500 Radicación Interna 33