TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL MAGISTRADO SUSTANCIADOR Dr. FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Santiago de Cali, dos (2) de julio de dos mil veinticuatro (2024) 1°.- Es admisible en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación concedido a la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito, de fecha 18 de marzo de 2024, en el proceso EJECUTIVO adelantado por CONJUNTO RESIDENCIAL ARBORE COUNTRY CLUB frente a CONSTRUINMUEBLES S.A.S. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022: “Ejecutoriado el auto que admite el recurso o el que niega la solicitud de pruebas, el apelante deberá sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes.
De la sustentación se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días. Vencido el término de traslado se proferirá sentencia escrita que se notificará por estado. Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto ”. 2°.- ACEPTAR la sustitución de poder que hace la apoderada judicial de la parte demandante en favor de la abogada Luz Stella Triana Gómez, con T. P. 98.141 del C.S.J., a quien se le reconoce personería jurídica para actuar.
NOTIFIQUESE Firmado electrónicamente FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Magistrado Rad. 76001 31 03 004-2022-00212-01 (10556) Flavio Eduardo Cordoba Fuertes Firmado Por: 1 Magistrado Sala 003 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1f1f4d282edf01f7ae041aca8d320ff06fe2092987a540d113d112568cf22c06 Documento generado en 02/07/2024 02:50:29 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica