República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C, once (11) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) 11001-31-03-003-2019-00430-03 En atención a las solicitudes de impulso presentadas por el extremo apelante, se le hace saber que aún no se ha cumplido el plazo establecido en el artículo 121 del Código General del Proceso, para proferir la decisión de segunda instancia. Al respecto, se debe recordar que el suscrito funcionario se posesionó en el cargo de Magistrado el 20 de agosto de 2025, y, conforme a lo expresado por la Corte Suprema de Justicia, en sentencia STC12660-2019, “cuando un funcionario toma posesión como juez o magistrado de un despacho judicial vacante, por vía general habrá de reiniciarse el cómputo del término de duración razonable del juicio señalado en el ordenamiento procesal”, de ahí que, el término para resolver este juicio culminaría, en principio, el 19 de febrero de 2026, plazo que, acorde con la precitada norma, puede ser prorrogado “hasta por seis (6) meses más”.
Por lo anterior, se pone de presente que el asunto continúa en estudio, determinación que será emitida antes de fenecer dicho lapso.
NOTIFÍQUESE, GAMAL MOHAMMAND OTHMAN ATSHAN RUBIANO Magistrado 1 Firmado Por: Gamal Mohammand Othman Atshan Rubiano Magistrado Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a2f0cf6c14ce719e26c60a5bd7a1e05298140fadb5f397f52ae669ac4000535f Documento generado en 11/11/2025 02:10:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica