Radicado Único Nacional 05001310500220230012901 Radicado interno: 180-24 REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA SEXTA DE DECISIÓN LABORAL Medellín, veintisiete (27) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Radicado Origen Demandante Demandada Asunto 05001310500220230012901 Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Medellín Gabriel Jaime Uribe Bernal Colpensiones Avoca conocimiento, admite y corre traslado En el presente proceso, en virtud del artículo 69 del CPTSS, se avoca conocimiento en grado jurisdiccional de consulta en favor Colpensiones, y se admite el recurso de apelación formulado por ambas partes.
Ahora, en atención a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se corre traslado a las partes, para que, por escrito, formulen sus alegatos de conclusión. El término de cinco (05) días será común para las partes y correrá desde el dos (02) de julio de dos mil veinticuatro (2024) al ocho (08) de julio del mismo año. Remitirán los escritos mediante los cuales descorran el traslado por este auto concedido y la documental requerida a la dirección de correo electrónico seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co.
En el memorial, los apoderados actualizarán su información señalando número de teléfono celular y dirección electrónica de notificación. Se solicita asimismo identificar claramente en el asunto, el radicado y juzgado de origen del proceso. Notifíquese. MARÍA PATRICIA YEPES GARCÍA Magistrada