Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 51605 A OBEDECE Y CUMPLE

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA DOS DE DECISIÓN LABORAL RAD 08-001-31-05-005-2013-00030-02/51605 A YADIRA ESTHER RIVALDO VILLANUEVA contra la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES, UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP Barranquilla, cinco (05) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Al Despacho el proceso de la referencia. Se advierte que mediante auto de fecha 21 de junio de 2023, la H. Corte Suprema de Justicia en su Sala de Casación Laboral con ponencia de la Dra. Marjorie Zúñiga Romero, declaró desierto el Recurso de Casación que había sido impetrado al interior del proceso de referencia. Posteriormente, mediante auto de fecha 20 de octubre de 2023, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, con ponencia de la Magistrada Dra. María Olga Henao Delgado, ordenó obedecer y cumplir lo resuelto por la H. Corte Suprema de Justicia y dispuso la remisión del expediente al Juzgado de Origen.

No obstante, ello, el apoderado judicial de la parte demandante YADIRA ESTHER RIVALDIO VILLANUEVA había allegado ante la H. Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral, escrito de nulidad y control de legalidad, el cual había sido recibido por la H. Corporación vía correo electrónico el día 4 de septiembre de 2023. Mediante auto de fecha 8 de noviembre de 2023, la M.P. MARJORIE ZÚÑIGA ROMERO ordenó correr traslado del escrito de nulidad y mediante auto de fecha 21 de febrero de 2024, resolvió: “(…)

PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de nulidad que el apoderado de YADIRA ESTHER RIVALDO VILLANUEVA presentó.

SEGUNDO. RECHAZAR por improcedentes las peticiones de admisión del recurso de casación y traslado de tal determinación de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

TERCERO. DEVOLVER el expediente al Tribunal de origen. (…)” En vista de lo anterior, obedézcase y cúmplase lo resuelto por la Sala de Casación Laboral de la Honorable Corte Suprema de Justicia en auto AL2152024 radicación No. 95680 de febrero 21 de 2024, M.P. Dra. MARJORIE ZUÑIGA ROMERO, a través del cual resolvió la solicitud de control de legalidad y dispuso la devolución del expediente de referencia a la Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla.

Ejecutoriado el presente proveído, remítase el expediente de la referencia al Juzgado de Origen, por no existir actuaciones pendientes en esta instancia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. MARIA OLGA HENAO DELGADO Magistrada