Bogotá, D.C., dieciséis (16) de julio de dos mil veinticinco (2025). En virtud de la condena en costas a los demandantes se fijan como agencias en derecho la suma de cinco (5) salarios mínimos mensuales vigentes, conforme con numeral 1 del artículo 5° del Acuerdo 10554 de 2016 del Consejo Superior de la Judicatura. CÚMPLASE, R.A.B. 110013103009201000215 02 Radicado Interno: 6587
auto — Tribunal Superior de Bogotá
Radicado: 009-2010-00215-02 DR ACOSTA AUTO FIJA AGENCIAS EN DERECHO
Sala: SALA CIVIL