Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior de Barranquilla SICGMA SALA TERCERA DE DECISION LABORAL Barranquilla, diecinueve (19) de junio del dos mil veintiséis (2026). DEMANDANTE: ALEXANDRA AYALA CORTECERO DEMANDADO: CLINICA EL PRADO BARRANQUILLA y OTROS EXPEDIENTE: 08001310500720220023601 RADICACIÓN INTERNA: 79768- E MAGISTRADA PONENTE: KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, que modificó el artículo 82 del C.P.T. y SS, se ADMITE la CONSULTA de la sentencia proferida el día 22 de enero de 2026 por el Juzgado Séptimo Laboral Del Circuito De Barranquilla.
Ahora bien, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, mediante la cual se dispuso la permanencia del Decreto Legislativo 806 de 4 de junio de 2020, en lo relativo al trámite de los recursos de apelación en materia laboral, se establece que la decisión de segunda instancia deberá proferirse por escrito, previo traslado a las partes para alegar por el término de cinco (5) días.
En consecuencia, se ORDENA correr traslado a las partes y demás sujetos procesales por el término indicado, para que presenten sus alegaciones.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE KATIA VILLALBA ORDOSGOITIA Magistrada Firmado Por: Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla www.ramajudicial.gov.co Correo:sl02bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Katya Felicia Villalba Ordosgoitia Magistrado Sala 007 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a6fbfcff78ab934593982c1040c4419e2b90818af05b9e4cd474ede46995c426 Documento generado en 19/06/2026 06:55:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla PBX: 3885005 Ext. 3031 www.ramajudicial.gov.co Correo:sl09bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico.
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