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auto — Tribunal Superior de San Gil

Radicado: AUTO ADMITE - EJECUTIVO LABORAL 2009-00080-01

Sala: DESPACHO DE LA SALA CIVIL FAMILIA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, cinco (05) de agosto del dos mil veinticuatro (2024). REF: EJECUTIVO LABORAL DTE: ALBERSON CARMONA CASTAÑO RAD: 68-190-3189-001-2009-00080-01 Conforme a lo ordenado en auto del pasado 20 de junio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del C.P.T.S.S, en concordancia con el art. 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se admite en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación contra la sentencia anticipada de fecha dieciséis (16) de febrero de dos mil veintitrés (2023), proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Cimitarra, interpuesto por INVERSIONES ANTRI S.A. dentro del proceso de la referencia. De otra parte, por economía procesal y atendiendo lo estipulado en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se ordena correr traslado por el término de cinco (5) días a partir del día siguiente a la notificación por estados electrónicos a la parte recurrente para que presente sus ALEGATOS, respecto al recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha dieciséis (16) de febrero de dos mil veintitrés (2023), proferida por el Juzgado Civil del Circuito de Cimitarra, al correo electrónico seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co.

AUTO DE TRÁMITE EL- 2009-0080-01 Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte no recurrente, para que igualmente se pronuncien también POR ESCRITO. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para si es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente, igualmente por ESCRITO.

NOTIFÍQUESE El Magistrado, Javier González Serrano Javier Gonzalez Serrano Firmado Por: Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 119ca344a92cf3ad61ad4244846f5f232013ba63288f391d45c722af7fa76234 Documento generado en 05/08/2024 03:20:31 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica AUTO DE TRÁMITE EL- 2009-0080-01