Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 045-2022-00569-01 DR ACOSTA AUTO PRORROGA TERMINO

Sala: SALA CIVIL

Bogotá D.C., veinticinco (25) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) DEMANDANTE DEMANDADOS CLASE DE PROCESO JUAN PABLO CARRASCO VENEGAS y CLAUDIA PATRICIA ORTÍZ PINZÓN en nombre propio y representación de sus hijas menores de edad V.C.O y M.C.O. EDUCALATRAVA S.A.S, GOVAL S.A.S, CAMILA ANDREA SOTO PARRA. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL Teniendo en cuanta que el despacho ha presentado proyecto de decisión de segunda instancia a la Sala y no se ha logrado consenso se aprecia la necesidad de hacer uso de la facultad prevista en el artículo 121, inciso quinto, del Código General del Proceso.

Lo anterior considerando la complejidad del caso sometido a estudio y los intereses superiores en él involucrados. Por lo anterior, se PRORROGA el término de la segunda instancia por el término de seis (6) meses. Notifíquese, Radicación Interna: 6602 R.A.B. # 11001310304520220056901