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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 016-2017-00117-01 DRA. ANGELA MARIA PELAEZ ARENAS - AUTO ADMITE RECURSO

Sala: SALA CIVIL

República de Colombia Rama Judicial TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL DE DECISIÓN Bogotá, D.C., dos (2) de julio de dos mil veinticuatro (2024) 11001-31-03-016-2017-00117-01 Por encontrarse legalmente procedente, el Despacho dispone: Admitir en el efecto DEVOLUTIVO, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia proferida el 4 de abril de 2024, por el Juzgado Diecisiete Civil del Circuito de Bogotá. Asimismo, se admite como APELANTE ADHESIVO de la sentencia reseñada ut supra, a la parte demandante Inversiones Carmona Ltda., dejando expresa constancia que, “(…) la adhesión quedará sin efectos si se produce el desistimiento del apelante principal”; tal como lo indica el inciso 2º del parágrafo del art. 322.

Una vez cobre ejecutoria la presente decisión, contrólense los términos con los que cuentan los aquí apelantes para sustentar la alzada formulada, conforme lo consagra el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Transcurrido este lapso, de la sustentación presentada se correrá traslado a la parte contraria por el término de cinco (5) días, a fin de que, si a bien lo tienen, se pronuncien frente a las manifestaciones elevadas por cada impugnante.

Por Secretaría, una vez vencidos los mencionados términos, ingrese el expediente al Despacho, con el propósito de emitir la decisión que en derecho corresponda. Las partes allegarán el escrito sustentatorio y su réplica, a la dirección de correo electrónico secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE, ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS Magistrada Firmado Por: Angela Maria Pelaez Arenas Magistrada Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e716fe0e28584a222292378cdedf7c17c30a1d583b5cc4b8d679117adc6f374e Documento generado en 02/07/2024 09:29:17 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica