Apelación de Sentencia Verbal Ilda María Campaz Quintero y otros Vs Clínica del Colon S.A.S. Rad. 76001-3103-004-2024-00040 -01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Santiago de Cali, quince de octubre de dos mil veinticinco. Procédese a resolver sobre la admisión del recurso de apelación propuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia proferida el 27 de mayo de 2025 por el Juzgado 4º Civil del Circuito, en el proceso verbal de la referencia, promovido por ILDA MARIA CAMPAZ QUINTERO, KAROL TORRES CAMPAZ, LUISA FERNANDA TORRES CAMPAZ y JOSE LUIS TORRES CAMPAZ, en contra de CLINICA DEL COLON S.A.S., por lo que el suscrito Magistrado, RESUELVE:
PRIMERO. Admítese en el efecto DEVOLUTIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, de conformidad con los Art. 323 y 327 del C.G.P.
SEGUNDO. En consecuencia, obsérvese, por las partes y por Secretaría, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Vencidos los términos anteriores, ingrese para proferir la respectiva sentencia. Las partes deberán remitir los escritos de sustentación y réplica, o cualquier otra solicitud, al correo institucional de la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación: sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co TERCERO. Prorrogar el término para dictar sentencia de segunda instancia, por seis (6) meses más, contados a partir del fenecimiento del lapso que la norma en cita concede inicialmente.
NOTIFÍQUESE. (Firmado Electrónicamente) JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Magistrado Apelación de Sentencia Verbal Ilda María Campaz Quintero y otros Vs Clínica del Colon S.A.S. Rad. 76001-3103-004-2024-00040 -01 Firmado Por: Jose David Corredor Espitia Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d1b06e9fdb801d0539b11dce3d02b70091ba0218f6d4ffab8cbe1e48e71c48f7 Documento generado en 15/10/2025 11:44:39 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica