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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 025 2018 00245 02 DRA CRUZ AUTO ORDENA REQUERIR AL JUZGADO

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., quince (15) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Asunto: Proceso verbal promovido por la Bolsa de Inversión Inmobiliaria S.A.S. contra la Fiduciaria Colpatria S.A., entidad que actúa como vocera del Fideicomiso FC CM Inversiones y Silvia Juliana Covelli Soto.

Radicado: 25 2018 00245 02 Encontrándose el expediente en esta sede para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el siete (7) de abril de dos mil veinticinco (2025), observa esta Corporación que los documentos remitidos resultan incompletos, circunstancia que impide, por el momento, adelantar el estudio de fondo correspondiente.

En efecto, si bien se indicó como contenido de la remisión: “número de cuadernos remitidos: 04 de 260, 30, 12 y 16 archivos digitales”, no resulta claro cuáles son los componentes específicos de los archivos allegados, ni su correspondencia exacta con los cuadernos procesales físicos o digitales que integran el expediente principal. A mayor abundamiento, se constata que en la carpeta identificada como “01CuadernoPrincipal”, particularmente en el archivo denominado “006CDCPrincipalProceso 11001310300320080044900CompletoFolio143”, se evidencia la omisión de los cuadernos 3 y 5, los cuales hacen parte integral del trámite judicial de la referencia. Esta situación denota que no fue remitida la totalidad del expediente, comprometiendo el principio de integridad procesal y generando una barrera material para que esta segunda instancia pueda ejercer su competencia revisora de manera plena y conforme a derecho.

Expediente 11001310302520180024502 En consecuencia, se hace necesario disponer las gestiones necesarias para subsanar la deficiencia advertida y garantizar la debida sustanciación del recurso de alzada. Por lo discurrido, el Despacho, DISPONE:

PRIMERO. Oficiar, de manera inmediata, al Juzgado Veinticinco Civil del Circuito de Bogotá, a efectos de que, con la mayor celeridad posible, proceda a remitir copia digital completa, ordenada y legible del expediente correspondiente al proceso de la referencia, asegurando la inclusión de todos los cuadernos que lo integran.

SEGUNDO. Realícese la anotación correspondiente en el sistema de egreso del paginario, dejando constancia de la actuación aquí dispuesta.

TERCERO. Una vez sea devuelto el expediente con los documentos faltantes, procédase al registro correspondiente en el sistema de gestión judicial, teniendo como fecha oficial de reparto del recurso, aquella en que el proceso retorne en debida forma al Tribunal. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Radicado: 25 2018 00245 02 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Expediente 11001310302520180024502 Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5e349a71a42a29e237aba7062392327786ed8adeb7e8598e7240841275077cf3 Documento generado en 15/05/2025 03:58:24 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Expediente 11001310302520180024502