REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., seis (6) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Proceso No. Clase: Demandante: Demandados: 110013103001202300544 01 VERBAL -RCE HERLANDY MIYERLY RIVERA ORTIZ VILLAGE GROUP VOLTERRA S.A.S. E ITAÚ ASSET MANAGEMENT COLOMBIA S.A. SOCIEDAD FIDUCIARIA Para dar cumplimiento a lo ordenado en la tutela STC6698-2024, proferida por la Honorable Corte Suprema de Justicia, se requiere con carácter prioritario que se remita a esta sede judicial el expediente referido en el epígrafe, que dio origen al amparo constitucional.
En el fallo mencionado se señala que el accionante presentó dos memoriales con la subsanación de la demanda. El primero, radicado el 17/01/2024 a las 11:24 am, con el cual este Tribunal resolvió la alzada, pues fue el que se tuvo en cuenta para rechazar el libelo. El segundo, de la misma fecha, pero radicado a las 2:04 pm, el cual no fue incorporado al plenario al momento de remitir el expediente.
En ese contexto, se solicita la remisión integral de las diligencias, incluyendo específicamente el auto mediante el cual se resolvió lo pertinente respecto al segundo memorial radicado el 17 de enero de 2024 a las 2:04 pm, ya que dicha actuación no fue remitida en su oportunidad. Cabe señalar que inicialmente solo se incorporaron al expediente el memorial radicado a las 11:24 am de esa fecha y el auto del 30 de enero mediante el cual se rechazó la demanda, pero ninguna actuación posterior.
E razón de lo anterior, el Tribunal Superior de Bogotá, RESUELVE ORDENAR al Juzgado 1 Civil del Circuito de Bogotá, que de Continuación de auto en el proceso n.° 110013103001202300544 01 Clase: Verbal ----------------------------------------------------- manera prioritaria remita a esta Corporación, con destino a este despacho, enlace de acceso al expediente 110013103001202300544 01, el cual deberá contener de manera íntegra la totalidad de las piezas procesales, esto es, el memorial del 17/01/2024 radicado a las 2:04 pm por la parte actora y su respectivo auto con el que se resolvió sobre el mismo, pues este último tampoco reposa en el expediente.
El Magistrado, CÚMPLASE MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (Firma digital) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2991a67b0580fd2e4960b2ca49245baf66b02e7a158ccd0bbb233fae3e3740ad Documento generado en 06/12/2024 04:39:09 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2