R.I. 16911 Rad. 110013103021 2023 00219 01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., veintitrés (23) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Proceso Radicado Demandante Demandados Instancia Asunto Verbal 110013103021 2023 00219 01 Eduardo Lara Radio Taxi Aeropuerto S.A. y Taxis Libres S.A. Segunda Devolución apelación de sentencia Sería del caso admitir la apelación erigida contra la decisión dictada por el Juzgado Cincuenta y Dos Civil del Circuito de Bogotá, el 1° de octubre de 2025, mediante la que se dispuso “NEGAR la totalidad de pretensiones de la demanda”; de no ser porque la remisión de las actuaciones se realizó de forma prematura.
En efecto, se advierte que obra en el plenario un memorial contentivo de un recurso de queja1, respecto del cual no hay pronunciamiento alguno por parte del a quo. En ese orden, conforme a lo previsto en el artículo 352 y 353 del Código General del Proceso, es al juez de primera instancia a quien corresponde pronunciarse al respecto y de ser el caso remitir las respectivas copias ante el superior.
En mérito de lo expuesto, la suscrita Magistrada del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil,
RESUELVE
PRIMERO: DEVOLVER el expediente al Juzgado de primera instancia para que se pronuncie sobre el recurso de queja interpuesto 1 Ubicación “C001CuadernoPrincipal” archivo “060RecursoQueja” R.I. 16911 Rad. 110013103021 2023 00219 01 por la parte demandante.
SEGUNDO: Por Secretaría ofíciese y déjense las constancias del caso. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH (11001-3103-021-2023-00219-01) Firmado Por: Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1ab0edaedec5e1cf07dc734cc496bd38ee643ab32d3a96d8518bc1a93d65d2f3 Documento generado en 23/10/2025 12:09:41 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica