Micelio

auto — Tribunal Superior de Villavicencio

Radicado: 10. 50001310500120200018603AdmiteApelaciónSentencia

Sala: SALA LABORAL

Radicado:500013105001 2020 000186 02 500013105001 2020 000186 03 REPÚBLICA DE COLOMBI A RAMA JUDICI AL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICI AL DE VILLAVICENCIO S ALA LABORAL Radicación No. 500013105001 2020 000186 02 500013105001 2020 000186 03 REF: Ordinario Laboral promovido por MARTHA LILI ANA ORJUELA S ASTRE en contra de CLÍNICA MARTHA S.A Villavicencio, tres (3) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).

Verificadas las actuaciones remitidas, SE ADMITEN el recurso de apelación interpuesto por la demandante MARTHA LILIANA ORJUELA SASTRE contra el auto que decidió las medidas cautelares proferido el 13 de junio de 2024, adicionalmente, los recursos de apelación interpuesto por la demandada CLÍNICA MARTHA S.A. contra el auto que niega el decreto de pruebas y el auto que decreta medida cautelar proferidos el 16 de julio de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Villavicencio – Meta.

Ejecutoriado el presente Auto, CÓRRASE TRASLADO a las partes para alegar en los términos del nume ral 2° del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022. Los escritos deberán ser remitidos a la dirección de correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio secsltsvcio@cendoj.ramajudicial.gov.co Surtido el traslado, se proferirá por escrito la correspondiente decisión, atendiendo el orden de entrada de procesos al Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE DELFINA FORERO MEJÍ A Magistrada 1 S.V. Radicado:500013105001 2020 000186 02 500013105001 2020 000186 03 Firmado Por: Delfina Forero Mejia Magistrada Sala Laboral Tribunal Superior De Villavicencio - Meta Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5aae8e43442dceae103a14a7dea854af5414645448a5b62c29c024e3f078640f Documento generado en 03/12/2024 01:58:19 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 S.V.