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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 022-2012-00472-01 DRA SAAVEDRA AUTO ACEPTA IMPEDIMENTO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada Sustanciadora Bogotá D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Se decide el impedimento presentado por la Honorable Magistrada Heney Velásquez Ortiz. I.

ANTECEDENTES Manifiesta la Honorable Magistrada que en ella concurre la causal de impedimento consagrada en el numeral 2º del artículo 141 del C. P. G., en virtud de que su cónyuge fue quien profirió -en calidad de juez- la decisión objeto de apelación contenida en auto de fecha 02 de mayo de 2024. II. CONSIDERACIONES Dispuso el legislador, para efectos de garantizar la transparencia y la imparcialidad en las decisiones judiciales que los magistrados, jueces y conjueces en quienes concurra alguna causal de recusación o impedimento, deben así declararlo tan pronto como la adviertan y expresando los hechos en que se fundamenta.

La causal de impedimento invocada, prevé que el juez deberá apartarse del conocimiento de un asunto tras: “(…) haber conocido del proceso o realizado cualquier actuación en instancia anterior, el juez, su cónyuge, 1 Proceso verbal N°11001-31-03-022-2012-00472 Hernando Castiblanco y otros contra Fundación Hospital San Carlos Acepta impedimento compañero permanente o algunos de sus parientes indicados en el numeral precedente".

(negrilla resaltado fuera del texto). Examinando el asunto bajo la óptica de las manifestaciones expuestas por la Magistrada, no hay duda de que, se configura la causal de impedimento alegada, en tanto, su cónyuge, ostentaba la calidad de juez 49 Civil del Circuito de Bogotá y fue quien profirió la decisión objeto de apelación, en fecha 02 de mayo de 2024 mediante la cual se decretó la terminación del proceso por desistimiento tácito.

III. DECISIÓN Por lo expuesto, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., Sala Civil, RESUELVE:

PRIMERO: ACEPTAR el impedimento manifestado por la Honorable Magistrada Heney Velásquez Ortiz y, en consecuencia, separarla del conocimiento del asunto en referencia.

SEGUNDO: ABONAR, por conducto de la Secretaría, el presente asunto al magistrado que sigue en turno, previas constancias de rigor.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ADRIANA SAAVEDRA LOZADA Magistrada 2 Proceso verbal N°11001-31-03-022-2012-00472 Hernando Castiblanco y otros contra Fundación Hospital San Carlos Acepta impedimento Firmado Por: Adriana Saavedra Lozada Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a498bbaadafd48b4782f51a8aa2bd592a237538c1a736358ca12996b a20882e6 Documento generado en 22/11/2024 11:07:16 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 3 Proceso verbal N°11001-31-03-022-2012-00472 Hernando Castiblanco y otros contra Fundación Hospital San Carlos Acepta impedimento