Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: 2. Auto declara desierto 2022-00173-04

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

Rad: 13001310300220220017304 RCE de JOSÉ MANUEL SOLANO MARTÍNEZ Y OTROS Vs. TORCOROMA LTDA Y OTROS REPÚBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA CIVIL – FAMILIA Magistrado Sustanciador OSWALDO HENRY ZÁRATE CORTÉS Cartagena de Indias, ocho (8) de abril de dos mil veintiséis (2026).

RADICACIÓN INSTANCIA PROVENIENTE PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO 13001310300220220017304 SEGUNDA JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL JOSÉ MANUEL SOLANO MARTÍNEZ, JOSÉ MANUEL SOLANO MENDOZA, ZAIRO JOSÉ SOLANO MENDOZA Y OTROS COOPERATIVA DE TRANSPORTE ESPECIALIZADO TORCOROMA LTDA Y OTROS Por auto de 2 de marzo de 2026 fue admitido el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante, el apoderado de la Cooperativa de Transporte Especializado Torcorama y de Mauricio Pablo Álvarez González y por la apoderada de Equidad Seguro, contra la sentencia de 26 de enero de 2026, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena, dentro del proceso de la referencia, habiéndose concedido a los recurrentes el término de 5 días para que sustentaran el recurso de alzada, sin embargo, dentro de dicho término no se allegó escrito de sustentación por parte de la Cooperativa de Transporte Especializado Torcorama y de Mauricio Pablo Álvarez González, conforme se indica en constancia secretarial de 7 de abril de los corrientes.

En ese sentido, se advierte que el referido extremo procesal no sustentó oportunamente el recurso de alzada, lo que lleva a que se declare desierto, de conformidad con los arts. 322 y 327 del estatuto procesal, en armonía con el 12 de la Ley 2213 de 2022, que refiere “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto.”, y como en aras de unificar la jurisprudencia sobre el asunto, ha reconocido la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de STC9311-2024.

En mérito de lo expuesto el Despacho 04 de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior de Cartagena, RESUELVE:

PRIMERO: DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación interpuesto por la Cooperativa de Transporte Especializado Torcorama y de Mauricio Pablo Álvarez González contra la sentencia de 26 de enero de 2026, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena, dentro del proceso de la referencia.

SEGUNDO: en firme el auto, ingrésese al despacho para proseguir con la tramitación de la segunda instancia en la forma prevista por las normas aludidas.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. 1 Rad: 13001310300220220017304 RCE de JOSÉ MANUEL SOLANO MARTÍNEZ Y OTROS Vs. TORCOROMA LTDA Y OTROS Firmado Por: Oswaldo Henry Zárate Cortés Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ea6723f1433328de53bca9c9e41559737ed20be3658724af69763ed3dd5e00c9 Documento generado en 08/04/2026 01:25:21 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2