Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 007. 003-2022-00255-01FECF AutoInadmiteRecursoR10866.doc

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL MAGISTRADO SUSTANCIADOR Dr. FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Santiago de Cali, diez (10) de diciembre de dos mil veinticinco (2025) REF: PROCESO VERBAL DE RCM DE ALEXANDRA CARMONA MONTOYA Y OTROS FRENTE A COOMEVA EPS S.A. EN LIQUIDACIÓN Y OTROS. Correspondió a este despacho conocer del recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial del demandado LUIS MATEOS JARAMILLO OROZCO contra el auto proferido en audiencia del 5 de junio de 2025, por medio del cual se accedió parcialmente a la nulidad propuesta por aquél. No obstante, a la alzada no podrá dársele trámite en esta oportunidad, pues se advierte que respecto del escrito de complementación del recurso allegado por el apelante dentro del término previsto en el inciso 1° del numeral 3° del artículo 322 del CGP, no se impartió por parte del juzgado el trámite previsto en el inciso 1° del artículo 326 del CGP, como tampoco se advierte que el escrito en mención hubiese sido remitido a las demás partes como lo establece el parágrafo único del artículo 9° de la Ley 2213 de 2022.

Así las cosas, al no estar cumplidos los requisitos previstos en la ley para dar trámite a la alzada aquí interpuesta, se dispondrá su inadmisión. Por lo demás, se agregará al expediente el memorial presentado por la demandada COOMEVA EPS EN LIQUIDACIÓN, con el fin de que el juez Aquo emita el pronunciamiento correspondiente. Por lo anterior, el suscrito Magistrado, RESUELVE 1º.- INADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 5 de junio de 2025, por lo expuesto en la parte motiva de este proveído. 2º-.

AGREGAR al expediente el memorial presentado por la demandada COOMEVA EPS EN LIQUIDACIÓN, con el fin de que el juez Aquo emita el pronunciamiento correspondiente. 3°.- DEVOLVER las presentes diligencias al Juzgado de origen para lo de su cargo.

NOTIFIQUESE (Firmado electrónicamente) FLAVIO EDUARDO CÓRDOBA FUERTES Magistrado Rad. 76001 31 03 003 2022-00255-01 (10866) Firmado Por: Flavio Eduardo Cordoba Fuertes Magistrado Sala 003 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: e449f163c181d60a14961a070dcb9260098cc21505ae6d0f0ddb38078416206f Documento generado en 10/12/2025 09:43:58 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica