Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: AUTO ADMITE JURISDICCION DE CONSULTA 05001-31-05-011-2022-00066-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado 05001-31-05-011-2022-00066-01 SALA TERCERA DE DECISIÓN LABORAL CLASE DE PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADO: RADICACIÓN: JUZGADO DE ORIGEN: ASUNTO: ORDINARIO LABORAL ELKIN DE JESÚS ARBOLEDA LOPERA PORVENIR S.A; COLPENSIONES 05001-31-05-011-2022-00066-01 ONCE LABORAL DEL CIRCUITO MEDELLÍN ADMITE GRADO JURISDICCIONAL CONSULTA DE DE Auto Interlocutorio No. 157 Medellín, trece (13) de junio de dos mil veinticuatro (2024) En atención a lo dispuesto en el artículo 69 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, se ADMITE el grado jurisdiccional de consulta dentro del presente proceso ordinario laboral en favor de COLPENSIONES Así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, a través de la cual se convirtió en legislación permanente lo señalado en el Decreto 806 de 2020, se corre TRASLADO a cada parte por el término de cinco (5) días para que presenten sus alegaciones, si a bien lo tienen.

Las alegaciones deberán ser allegadas al correo electrónico de la Secretaría de la Sala des00sltsmed@cendoj.ramajudicial.gov.co.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE La Magistrada, MARÍA NANCY GARCÍA GARCÍA EL SUSCRITO SECRETARIO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MEDELLÍN – SALA LABORAL - HACE CONSTAR Que la presente providencia se notificó por estados N ° 102 del 14 de junio de 2024 consultable aquí: Enlace publicaciones https://publicacionesprocesales.ramajudicial.gov.co/