080013105008202300323-01<R. 79.431> REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA UNO DE DECISIÓN LABORAL ASUNTO: APELACIÓN DE AUTO TIPO DE PROCESO: ORDINARIO LABORAL DEMANDANTES: ÁLVARO ANGULO PALACIO DEMANDADAS: UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE Y EL PATRIMONIO AUTÓNOMO UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL CARIBE Y/O PATRIMONIOS AUTÓNOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. C.U.I.: 080013105008202300323-01<R. 79.431> MAGISTRADA PONENTE: CLAUDIA MARÍA FANDIÑO DE MUÑIZ Barranquilla, veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2.026).
Avóquese el conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala y admítase el recurso de apelación interpuesto por el demandante Álvaro Angulo Palacio, contra el auto que decidió sobre la medida cautelar, proferido el 28 de agosto de 2025. Conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 13 de la Ley 2213 de 13 de junio 2022, “Por medio del cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 y se adoptan medidas para implementar las tecnologías de la información y las comunicaciones en las actuaciones judiciales, agilizar los procesos judiciales y flexibilizar la atención de los usuarios del servicio de justicia y se dictan otras disposiciones”, córrase traslado a las partes por el término común de cinco (5) días para alegar.
Vencido el mismo regrésese el proceso al Despacho. Esta decisión se notificará por la Secretaría de la Sala Laboral a las partes, mediante la anotación en estado Virtual –TYBA.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Claudia Maria Fandiño De Muñiz Firmado Por: Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 4a7673de6e5f8d6608f0c1c06b24b831eda3acfd2ce31709920d88a5ce2e698e Documento generado en 20/01/2026 11:49:06 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica