TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 298 Radicación No. 76-834-31-05-002-2023-00271-01 Guadalajara de Buga, ocho (08) de agosto de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto interlocutorio N°419 del 19 de junio de 2024, que entre otras, rechazó de plano la solicitud de nulidad procesal, proferido por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tuluá – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por ANDRÉS FELIPE MENDOZA contra MULTISERVICIOS BEOL S.A.S. Providencia susceptible de apelación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 65 del CPT y de la SS.
Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d4f4e4629af9b6122382f8ea0382de583c47798e2dda513beb62d1fabb679325 Documento generado en 08/08/2024 02:04:28 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica