Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 2018-00264 AUTO ADMITE APELACION r

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Medellín, treinta y uno (31) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) Proceso: Radicado: Demandante: Demandada: Providencia: Sustanciador/ponente: Ejecutivo para la efectividad de la garantía real 05129 31 03 001 2018 00264 02 Bancolombia SA Luis Fernando Arias Cardona Auto que admite apelación Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por DAVIVIENDA SA frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DE CIRCUITO DE CALDAS- ANTIOQUIA el 30 de septiembre de 2024, en el proceso EJECUTIVO adelantado por BANCOLOMBIA SA contra LUIS FERNANDO ARIAS CARDONA, donde se vinculó al BANCO DAVIVIENDA SA como propietario actual del inmueble objeto de gravamen.

De conformidad con lo previsto por el numeral 3°, inciso 2° del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto DEVOLUTIVO. Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar sus alegaciones dentro de un término de cinco (5) días al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Radicado Nro. 05129 31 03 001 2018 00264 02