República de Colombia Rama Judicial Tribunal Superior de Bogotá Sala Especializada de Extinción de Dominio MAGISTRADO PONENTE: WILLIAM SALAMANCA DAZA Radicado: Procedencia: Demandante(s): Accionado(s): Derecho(s): Tutela Rad. 110012215000202500171 00 Secretaría General - Tribunal Superior de Bogotá D.C. María Sonia Ramírez Gallego. Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá Debido Proceso y Acceso a la Administración de Justicia. Bogotá D. C., Diez (10) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) Las presentes diligencias fueron prorrateadas por la Secretaría General del Tribunal Superior de Bogotá, correspondiendo por reparto al suscrito.
La gestora se queja que instauró una demanda ante la autoridad accionada, en contra de un profesional del derecho, que se identificó con el radicado 11001250200020250393400, debido a que el mismo dispuso para sus propósitos de propiedad privada y bien ajenos, allegando el soporte documental y elementos materiales probatorios que así lo demostraban y sustentaban el inicio de la investigación disciplinaria.
No obstante, a la fecha del ejercicio de la acción constitucional la convocada solo avocó conocimiento del proceso, sin darle continuidad, contribuyendo con ello a dilaciones injustificadas que trasgredían sus garantías iusfundamentales. Por lo anterior, acudió a la tuición, con el fin que se ampararan sus derechos superiores y se ordenara que en un plazo no superior a 48 horas se surtieran las actuaciones previstas para adelantar el procedimiento.
Esta tiene vocación para conocer del asunto por expreso mandato del numeral 6º del Decreto 333 de 2021. Visto lo anotado se dispone: i.) AVOCAR el conocimiento de la demanda; ii.) En consecuencia, se ORDENA que por Secretaría de la Sala se NOTIFIQUE de su vinculación a este asunto a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá; iii.) CORRÁSELE traslado de la demanda y sus anexos y; iv.) CONFIÉRASELE el término de un (1) día para el ejercicio de la contradicción; como quiera que el actor en sus pretensiones relaciona el procedimiento identificado con la radicación No. 11001250200020250393400, se dispone que el Secretario de la Sala, FIJE AVISO en el sitio de internet que administra, convocando a las partes, intervinientes e interesados en ese expediente, para que si lo estiman, dentro del mismo lapso, intervengan en procura de sus derechos, en relación exclusiva con la postulación de MARÍA SONIA RAMÍREZ GALLEGO, contenida en el libelo de la demanda.
COMUNÍQUESE lo resuelto por el medio más expedito a la parte demandante.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE WILLIAM SALAMANCA DAZA Magistrado