Micelio

auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00292-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado No.: 73001-31-05-002-2024-00292-01 Asunto: Proceso ordinario laboral – Consulta sentencia Demandante: Milton Arley Mendoza Herrera Demandado: Jesús Emilio Rodríguez REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ - TOLIMA Sala Quinta de Decisión Laboral Radicado No.: Demandante: Demandada: Asunto: 73001-31-05-002-2024-00292-01 Milton Arley Mendoza Herrera Jesús Emilio Rodríguez Ordinario consulta sentencia Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Ibagué, dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinticinco (2025).

Se revisa en grado jurisdiccional de consulta a favor de la parte demandante, la sentencia proferida el 4 de noviembre de 2025, por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Ibagué. De acuerdo con lo previsto en la Ley 2213 de 13 de junio de 2022artículo 13, ejecutoriada esta providencia se CORRE TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término común de cinco (5) días.

Se requiere a las partes para que den cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 14 y 15 del artículo 78 del Código General del Proceso, enviando a los correos electrónicos respectivos, copia de los alegatos presentados en formato PDF, los cuales deberán limitar las transcripciones o reproducciones de citas doctrinales y jurisprudenciales a las que sean estrictamente necesarias para la adecuada fundamentación de su alegato.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA Magistrado Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: f75fab997fdaac1e4f985bc71c7147f28c66418adeaadc9091f4d9424fcbcf44 Documento generado en 19/11/2025 07:53:20 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica