Micelio

auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: AutoAdmite2023-002

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Eduin De La Rosa Quessep

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL MAGISTRADO PONENTE: EDUIN DE LA ROSA QUESSEP PROCESO ORDINARIO LABORAL PROMOVIDO POR MARCO ANDRÉS BETANCOURT ROMERO CONTRA SOLUCIONES TEMPORALES SIGLO XXI S.A.S. Y OTRO. Radicación No. 25290-31-05-001-2023-00002-01. Bogotá D.C., dos (2) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) AUTO De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandada contra el auto proferido el 31 de mayo de 2024 por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Fusagasugá, Cundinamarca mediante el cual negó una transacción, de conformidad con lo preceptuado en el numeral 12 del artículo 65 del CPTSS, pues, si bien no se trata de un auto expresamente regulado en dicho artículo, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia de tutela radicada con el número 41109 del 22 de enero de 2013, consideró que en tratándose de la oportunidad y trámite de la transacción, debe remitirse por autorización expresa del artículo 145 del CPTSS a lo dispuesto en la norma procesal civil, que admite la procedencia del recurso de apelación contra el auto que resuelva la transacción, que en el caso lo es el artículo 312 del CGP; por tanto, resulta admisible el recurso aquí interpuesto.

Es de aclarar que el anterior recurso se concedió por el juzgado con auto del 22 de agosto de 2024. Ejecutoriado el presente auto, vuelvan las diligencias al despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, EDUIN DE LA ROSA QUESSEP Magistrado Firmado Por: Eduin De La Rosa Quessep Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Soacha - Cundinamarca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b9c0dbf131c49e8fc1c6a4c0fa36e6b6acdca8a6869af36f50e0a898b100a69c Documento generado en 02/09/2024 08:09:47 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica