Micelio

auto — Tribunal Superior de Cali

Radicado: 010. 009-2022-00025-01JDCE AutoAdmite

Sala: SALA CIVIL

Apelación de Sentencia – Ejecutivo Escuela de Aviación del Pacifico S.A.S. y Otros Vs. Luis Fernando Echeverri Osorio y Otros Rad. 76001-31-03-009-2022-00025-01 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE CALI DECISIÓN UNITARIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Santiago de Cali, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro.

Procédese a resolver sobre la admisión del recurso de apelación propuesto por la parte demandada en contra de la sentencia proferida el 9 de Mayo de 2024 por el Juzgado 9º Civil del Circuito de Cali, en el proceso ejecutivo promovido por ESCUELA DE AVIACIÓN DEL PACIFICO S.A.S. y SIMMACO ANTONIO BRICEÑO GUATAVA, en contra de LUIS FERNANDO ECHEVERRI OSORIO, ECHEVERRI OSORIO Y COMPAÑÍA LTDA, AGROESPAR S.A.S. EN LIQUIDACIÓN, SURTICAFE S.A. EN LIQUIDACIÓN, FIDEICOMISO FG -407 LA RIVERA (Representado por ACCION SOCIEDAD FIDUCIARIA S.A.).

De otra parte y en atención a la facultad prevista en el numeral 2° del artículo 627 del C. G. de P., con arreglo a lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 121 ibidem, que regula el término para dictar sentencia y, por no haber sido posible evacuar el estudio del expediente, previo al fallo, debido a la complejidad del caso, el corto término para fallar, los asuntos que corresponden estudiar de los demás Magistrados que conforman la Sala, y los demás trámites que se deben conocer, tales como acciones constitucionales y ordinarios, se, RESUELVE:

PRIMERO. Admítese en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, de conformidad con los Art. 323 y 327 del C.G.P.

SEGUNDO. En consecuencia, obsérvese, por las partes y por Secretaría, lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Vencidos los términos anteriores, ingrese para proferir la respectiva sentencia. Las partes deberán remitir los escritos de sustentación y réplica, o cualquier otra solicitud, al correo institucional de la Secretaría de la Sala Civil de esta Corporación: sscivcali@cendoj.ramajudicial.gov.co Apelación de Sentencia – Ejecutivo Escuela de Aviación del Pacifico S.A.S. y Otros Vs. Luis Fernando Echeverri Osorio y Otros Rad. 76001-31-03-009-2022-00025-01 TERCERO. Prorrogar el término para dictar sentencia de segunda instancia, por seis (6) meses más, contados a partir del fenecimiento del lapso que la norma en cita concede inicialmente.

NOTIFÍQUESE, (Firmado Electrónicamente) JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA Magistrado Firmado Por: Jose David Corredor Espitia Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Cali - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: c3d4795366f94bae9048f939bbc5f3341e22325c03c0968387ef6c071551b556 Documento generado en 29/10/2024 10:39:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica