Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: AutoAdmiteApelacionSentencia2020-00308

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Catalina Ramírez

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA LABORAL Cartagena, Julio Treinta (30) del Año Dos Mil Veinticuatro (2024) MAGISTRADA PONENTE: Dra. CATALINA RAMÍREZ VILLANUEVA Proceso: ORDINARIO LABORAL Demandante: NADIRA FONTALVO SIMANCAS Demandado: PORVENIR S.A. Y OTROS Asunto: APELACIÓN SENTENCIA Procedencia: JUZGADO OCTAVO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA Radicación: 13001310500820200030801.

C O N S I D E R A N D O: Mediante constancia secretarial de fecha 05 de Julio 2024, el presente proceso ingresó al despacho, informándose que el mismo había sido repartido en fecha 23 DE MAYO 2024, por el juzgado de primera instancia, a efectos que se resuelva el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandadas contra de la sentencia emitida en primera instancia el 26 de Abril 2024, por tanto y en virtud de lo normado en los artículos 66 del C. S. del T., modificado por la Ley 1149 de 2007 y 13 de la ley 2213 de 2022; se impartirá su admisión. En mérito de lo anteriormente expuesto, R E S U E L V E:

PRIMERO: Admitir el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandadas, en contra de la sentencia de fecha 26 de Abril 2024, proferida por el JUZGADO OCTAVO LABORAL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CATALINA RAMÍREZ VILLANUEVA MAGISTRADA Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena-Bolívar. Calle 31 No. 8-25 Avenida Venezuela- Centro Histórico Cartagena-Bolívar. Firmado Por: Catalina Del Carmen Ramirez Villanueva Magistrada Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7734097c495b204ea3bb060c006194a860ae4e1e3b33830038891a2eb2554b6a Documento generado en 30/07/2024 11:09:19 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica