Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 028-2016-00100-01 DR CHAVARO AUTO ADMITE SUSPENSIVO

Sala: SALA CIVIL

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA DE DECISIÓN CIVIL Bogotá D.C., tres (3) de julio de dos mil veinticinco (2025) Proceso Demandante Demandado Radicado Instancia Decisión Verbal AFT Industrial de Tanques en PRFV S.A.S. Anker Logística y Carga Ltda. 11001 31 03 028 2016 00100 01 Segunda instancia – apelación sentencia Admite recurso De conformidad con lo reglado por los artículos 322 y 323 del Código General del Proceso en armonía con el canon 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, en contra de la sentencia proferida el 15 de mayo de 2025, por el Juzgado 29 Civil del Circuito de Bogotá. Dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este proveído, deberá sustentarse el recurso a través del correo electrónico institucional de la Secretaría de la Sala Civil de este Tribunal1, atendiendo lo estatuido por el precepto 109 del compendio procesal, so pena de declararse desierto.

Presentada en oportunidad la sustentación, córrase traslado por cinco (5) días a la parte contraria. Notifíquese. JAIME CHAVARRO MAHECHA Magistrado 1 secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co. Exp. 11001 31 03 028 2016 00100 01 Firmado Por: Jaime Chavarro Mahecha Magistrado Sala 007 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 378cd87870a0daf28adb805999f9b05685955c1450f3216ef67e493429f56cc0 Documento generado en 03/07/2025 04:31:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica