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auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: 06AutoAdmite

Sala: SALA PENAL

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal de Decisión Montería - Córdoba REPÚBLICA DE COLOMBIA Montería, catorce (14) de enero de dos mil veintiséis (2026) Radicado No. 23001 22 04 000 2026 00005 00 Correspondió a esta Sala por reparto la acción de tutela instaurada por el doctor ADOLFO MARIO TOSCANO HERNÁNDEZ, en calidad de Procurador 229 Judicial I Penal, contra el JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE SAHAGÚN; como quiera que la misma reúne los requisitos exigidos por la ley, se dispone: 1.

ADMITIR la acción de tutela promovida por el doctor ADOLFO MARIO TOSCANO HERNÁNDEZ, en calidad de Procurador 229 Judicial I Penal; como consecuencia, se ordena correrle traslado de la demanda y sus anexos al JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE SAHAGÚN a través de su titular, doctor JOAQUÍN GUILLERMO JARAMILLO ROJAS, o quien haga sus veces, para que en el término de dos (2) días hábiles, contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, si a bien lo tiene, ejerza el derecho de defensa. 2.

VINCULAR al presente trámite a las partes e intervinientes del proceso penal con radicado N° 23660 60 01004 2014 00127, para que en el término de dos (2) días hábiles, contados a partir del recibo de la respectiva comunicación, se pronuncien sobre los hechos de la acción de tutela. Se adjunta copia de la misma y sus anexos. Para efectos de notificación, por Secretaría de la Sala, solicítese la información al Juzgado accionado; así mismo, hágase la publicación en el micrositio web de la página de la Rama Judicial. 3.

Tener como pruebas documentales los anexos a esta demanda. 4. Se le advierte que la información suministrada se considerará rendida bajo la gravedad de juramento, para todos los efectos legales, y si no contesta se tendrá como ciertos los hechos narrados por el accionante. 5. Comuníquese a la Defensoría del Pueblo y al Agente del Ministerio Público sobre la admisión de la presente tutela. 6.

En la medida que se obtenga información, si es del caso, se vinculará a la presente demanda las autoridades a que haya lugar o terceros con interés. 7. Practicar todas las pruebas necesarias para proferir la respectiva sentencia.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE MANUEL FIDENCIO TORRES GALEANO Magistrado Ponente