Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: AUTO - OBEDECER Y CUMPLIR 13001310500320180002201 (1)

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Luis Javier Avila Caballero

CONSTANCIA SECRETARIAL: En la fecha se pasa el expediente del proceso Ordinario Laboral en referencia, el cual regresó de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral – donde se encontraba surtiendo recurso de CASACIÓN. Provea. Cartagena de Indias, veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025) ROSELYS MERCADO PÉREZ Secretaria - Sala Laboral REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: LUIS JAVIER AVILA CABALLERO Cartagena de Indias, veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Ordinario Laboral ¡Error! La autoreferencia al marcador no es válida. 13001310500320180002201 CARLOS ALBERTO DÍAZ CÓRDOVA CBI COLOMBIANA S.A Y OTRO De conformidad con el informe secretarial, RESUELVE:

PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en providencia SL3353-2024 en la cual decidió CASAR la sentencia proferida el dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós (2022) por la Sala Quinta Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.

SEGUNDO: Una vez ejecutoriada esta providencia, devuélvase el expediente al Juzgado de origen, previa anotación en los libros, sistemas y en las estadísticas correspondientes.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS JAVIER AVILA CABALLERO Magistrado (a) Ponente Firmado Por: Luis Javier Avila Caballero Magistrado Sala 005 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cfbe525c17d788cf5149d3c54e342206261bb3c042c671eeb3d2c5816078214d Documento generado en 21/05/2025 09:28:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica