Micelio

auto — Tribunal Superior de Cartagena

Radicado: Admite apelación auto- Proceso de Arlines Yepes Guerrero

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Diego Fernando Gómez Olachica

CONSTANCIA SECRETARIAL: Pasa el expediente del proceso en referencia, informándose que había sido repartido en fecha 13 de enero del 2025 por el Juzgado Cuarto laboral del Circuito de Cartagena, para resolver el recurso de apelación interpuesto por la demandada Colfondos S.A. contra el auto del día 27/08/24. Provea. Cartagena de Indias, diecisiete (17) de marzo de dos mil veinticinco (2025).

ROSELYS MERCADO PÉREZ Secretaria - Sala Laboral REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISIÓN LABORAL FIJA No 2 MAGISTRADO PONENTE: Dr. DIEGO FERNANDO GÓMEZ OLACHICA Cartagena de Indias, diecisiete (17) de marzo de dos mil veinticinco (2025). Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Origen Asunto Ordinario laboral 13001310500420220029001 ARLINES BEATRIZ YEPES GUERRERO, y en representación de ELIAN DAVID NEGRETE YEPES y GUSTAVO ADOLFO NEGRETE YEPES PENSIONES Y CESANTIAS COLFONDOS S.A. – MARLYN DAYANA PUELLO MENDOZA y CELINA MARTINEZ GARCIA Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Cartagena APELACIÓN contra auto el día 27/08/24 CONSIDERANDO: Visto el informe secretarial que antecede, en virtud de lo normado en los artículos 65 del C. S. del T., modificado por la Ley 1149 de 2007 y 13 de la ley 2213 de 2022; se impartirá su admisión. En mérito de lo expuesto, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la demandada Colfondos S.A. contra el auto del 27 de agosto de 2024, proferido por el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Cartagena.

SEGUNDO: DAR TRASLADO a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Surtidos los traslados correspondientes, se proferirá la decisión correspondiente, teniendo en cuenta el orden de ingreso de los procesos.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Clase proceso: Ordinario laboral Radicado: 13001310500420220029001